Las autovías de circunvalación M-40, M-50 y M-45 no se incluyen en la ZBE, por lo que los coches sin etiqueta podrán seguir circulando por estas vías sin restricciones.
Esto se debe a que estas tres autovías no se consideran vías urbanas y, por tanto, no forman parte del ámbito territorial de la ZBE.

No obstante, si se sale de estas autovías y se entra en una calle de Madrid, sí se puede ser multado. Por ejemplo, si se sale de la M-40 o la M-45 a las calles de distritos como Vicálvaro o Carabanchel o Vallecas.
En cuanto a las autovías estatales que nacen y mueren en Madrid, como la A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 y A-6, hay tramos de estas carreteras que están dentro del término municipal de Madrid. En estos tramos, no se multa ni se multará a los coches y vehículos sin etiqueta, pero se instalará señalización indicando la restricción al acceder a las calles de Madrid.
Sin embargo, sí habrá multa en los accesos a Madrid desde estas vías de alta capacidad. Por ejemplo, al entrar en la M-30 o en cualquiera de las calles de los barrios a los que se accede desde estas vías.
En el caso de la A-42, el Ayuntamiento de Madrid tiene competencia para multar en materia de tráfico desde su inicio al km 6,00 y viceversa. Es un tramo que se considera urbano y hay cámaras que vigilan en los accesos desde esta carretera a la ZBE de Plaza Elíptica. Estas cámaras ya sancionan a quien acceda a la ZBE sin etiqueta, sin periodo de preaviso, ya que funcionan desde hace dos años.
En resumen, aunque las autovías de circunvalación M-40, M-50 y M-45 no se incluyen en la ZBE, es importante tener en cuenta que si se sale de estas vías y se entra en una calle de Madrid, sí se puede ser multado. Además, en los accesos a Madrid desde las autovías estatales también se multará a los coches y vehículos sin etiqueta. Por tanto, es importante estar informado y respetar las restricciones para evitar multas y contribuir a la mejora de la calidad del aire en la ciudad.



